D.T.R. 1/2016 - Sistema de Información Electrónica

Resumen: REGLAMENTACIÓN DEL SERVICIO DE INFORMACIÓN POR CORREO ELECTRÓNICO CON RESPECTO AL INGRESO Y DISPONIBILIDAD PARA EL EGRESO DE LAS SOLICITUDES Y SU ESTADO.

Vigente desde el Lunes, 15 Febrero 2016

Cantidad de Artículos que componen la Norma: 3

Firma/s: Dr.Juan MECCA - Director General

SANTA ROSA, 2 de Febrero de 2016

VISTO y CONSIDERANDO

Que con el objetivo de brindar un nuevo servicio a los usuarios del registro, y ante nuestro requerimiento, el departamento de programación del Centro de Sistematización de Datos (Ce.Si.Da.) ha desarrollado un sistema para informar el estado de los trámites ingresados, mediante mensajes por Correo Electrónico remitidos a los interesados;

Que el mismo ha sido probado y experimentado con éxito, con lo cual es conveniente proceder a su implementación;

Que su aplicación permitirá a los profesionales y organismos del Estado, mantenerse informados del ingreso de un trámite por su gestor; de cuando el mismo se encuentra disponible para ser retirado y si será expedido con observaciones o con visto bueno. Si se encuentra observado se remitirá información sobre las mismas. Si se trata de un trámite de publicidad con visto bueno y el inmueble se encuentra incorporado al Sistema de Folio Real Digital, se remitirá con una copia “No Válida” de cómo va a salir expedido el trámite. Si es de registración será una copia del asiento que ha generado la inscripción;

Que esta nueva modalidad es gratuita y de simple operación, y cualquier profesional u organismo puede acceder, debiendo suscribir el formulario correspondiente;

Que a tales efectos se hace necesario establecer los requisitos y formas para la implementación del servicio citado y la creación del formulario de suscripción;

Que de acuerdo al Artículo 65 de Ley Provincial Nº 483, esta Dirección tiene la facultad de dictar las disposiciones no previstas para mejorar su funcionamiento;

POR ELLO,

EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA,

DISPONE:

Artículo 1º.- Apruébese el nuevo Sistema de Información Electrónica, que entrará en vigencia a partir del día 15 de Febrero de 2016.

Artículo 2º.- Apruébese el formulario de Suscripción al Servicio, que consta en anexo adjunto a la presente. El mismo podrá ser retirado en las oficinas del Registro, Colegios Profesionales o descargado del sitio web del organismo (www.rpi.lapampa.gov.ar).

Artículo 3º.- Notifíquese mediante nota de estilo, a todas las Secciones de esta Dirección General, elévese a conocimiento de la Subsecretaria de Justicia y Registros Públicos, dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, póngase en conocimiento al Colegio de Abogados y Procuradores, al Colegio de Agrimensores, al Colegio de Martilleros y Corredores, y al Colegio de Escribanos, todos ellos de esta Provincia de La Pampa. Remítase al Boletín Oficial solicitando su publicación. Cumplido, regístrese y Archívese.

ANEXO

 SIE
SIE - FORMULARIO DE SUSCRIPCION
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