D.T.R. 2/2007 - Informes

Resumen: REGULACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE CERTIFICADOS DE DOMINIO E IMPLEMENTACIÓN DE NUEVO FORMULARIO

Vigente desde el Sábado, 01 Septiembre 2007

Cantidad de Artículos que componen la Norma: 4

Anexo/s: I

Firma/s: Dr. Martín Fernando ELALL - Director General

SANTA ROSA, 26 de Junio de 2007

VISTO:

El Expediente Nº 1841/07, caratulado "MINISTERIO DE GOBIERNO JUSTICIA Y SEGURIDAD – DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE – S/DISPOSICIÓN TÉCNICO REGISTRAL POR FORMULARIOS PARA SOLICITUDES DE INFORMES DE DOMINIO";

CONSIDERANDO:

Que, resulta necesario llevar adelante un reordenamiento de las disposiciones vigentes en el organismo en pos de adaptarlas a las nuevas prácticas regístrales vigentes en otras Direcciones;

Que en tal sentido, se ha implementado la Disposición Técnica Registral Nº 2/04, por la cual se expiden los Informes y Certificados de Inhibiciones por separado, obteniendo resultados satisfactorios, los que contribuyeron, a su vez, al perfeccionamiento y agilización de la publici-dad de los trámites referenciados;

Que los resultados obtenidos por la aplicación de dicho método contribuyó al perfeccionamiento y agilización de la publicidad de los trámites;

Que con el objeto de mejorar y facilitar el tratamiento de los Informes de Dominio y de las Condiciones del mismo, conforme las exigencias del servicio, se hace necesario readecuar los formularios respectivos, contribuyendo al hacerlo, no sólo a la seguridad, sino también, a la celeridad de dichas tramitaciones;

Que se anexan a la presente, los modelos de formularios que serán identificados con la leyenda: Solicitud de Informes (Dominio) "I-1"; Solicitud de Informe (Titulares de Dominio sobre Inmueble Determinado) "I-3" y Solicitud de Informe (Titulares de Dominio) "I-4", cuya vigencia comenzará a regir a partir de la sanción y puesta en vigencia de la presente Disposición.

Que en virtud de lo expuesto precedentemente resulta conveniente que todas las normas referentes a la materia se encuentren contenidas en una sola disposición;

POR ELLO,

EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

DISPONE:

Artículo 1º.- Apruébanse los formularios identificados como I-1 Solicitud de Informes (Dominio); I-3 Solicitud de Informe (Titulares de Dominio sobre Inmueble Determinado) y I-4 Solicitud de Informe (Titulares de Dominio), que forman parte de la presente Disposición, de acuerdo a lo previsto por el Artículo 35 de la Ley Nº 483 y que deberán contener los datos mínimos, de conformidad con los supuestos que se detallan a continuación:

I1. Solicitud de Informe (Dominio)

Rubro Matricula: Se consignara la Sección y Número de Matricula de la inscripción del Inmueble, solo en caso de no ser de Tomo de Dominio, en ese caso se deberá completar el Rubro 2.

Rubro 1- Objeto del Pedido: Se consignara el Objeto para el cual es requerida la solicitud.

Rubro 2 - Inscripción de Dominio: Solo se citara las Inscripciones de Dominio en el caso de que el Inmueble no se encuentre incorporado al Folio Real ó al Folio Electrónico.

Rubro 3 – Consignar Titulares de Dominio: Se consignara el Porcentaje y Apellidos y Nombres o Razón Social del Titular de Dominio según consta en antecedente, en el caso de que el Inmueble no se encuentre incorporado al Folio Real ó al Folio Electrónico.

Rubro 4 – Inmuebles:

  1. Inmueble de Propiedad Horizontal: Completar Datos del recuadro reservado para dicho fin. No corresponde citar los demás datos del presente rubro.
  2. Inmuebles incorporados a Folio Real o Folio Real Electrónico : No se debe completar ningún dato.
  3. Inmuebles no incorporados a Folio Real o Folio Real Electrónico : Deberá completar los casilleros correspondientes a "UBICACIÓN", "DESIGNACION" y "SUPERFICIE", salvo en caso de Modificación del Estado Parcelario (Descripción según plano).
  4. Inmuebles que modifican su Estado Parcelario: Deben completarse todos los casilleros salvo los destinados para Propiedad Horizontal.

En todos los casos debe citarse la Nomenclatura Catastral.

Rubro 5 – Observaciones: La confección de la solicitud deberá ser hecha en forma mecanografiada y en ningún caso se admitirán enmiendas si estas no se reconocen salvadas de puño y letra por los solicitantes antes de su firma en el presente rubro.

Rubro 6 – Solicitante: Apellido y Nombres, Tipo y Número de Documento de Identidad y Firma y Sello si correspondiese del Solicitante. Ajustarse a Disposición 1/2004.

I3. Solicitud de Informe (Titulares de Dominio sobre Inmueble Determinados)

Rubro Matrícula: Se consignara la Sección y Número de Matricula de la inscripción del Inmueble, solo en caso de no ser de Tomo de Dominio, en ese caso se deberá completar el Rubro 2.

Rubro 1- Objeto del Pedido: Se consignara el Objeto para el cual es requerida la solicitud.

Rubro 2 - Inscripción de Dominio: Solo se citara las Inscripciones de Dominio en el caso de que el Inmueble no se encuentre incorporado al Folio Real ó al Folio Electrónico.

Rubro 3 – Inmuebles: Inmueble de Propiedad Horizontal: Completar Datos del recuadro reservado para dicho fin. No corresponde citar los demás datos del presente rubro.

  1. Inmuebles incorporados a Folio Real o Folio Real Electrónico: No se debe completar ningún dato.
  2. Inmuebles no incorporados a Folio Real o Folio Real Electrónico: Deberá completar los casilleros correspondientes a "UBICACIÓN", ""ESIGNACIÓN" y "SUPERFICIE", salvo en caso de Modificación del Estado Parcelario (Descripción según plano).
  3. Inmuebles que modifican su Estado Parcelario: Deben completarse todos los casilleros salvo los destinados para Propiedad Horizontal.

En todos los casos debe citarse la Nomenclatura Catastral.

Rubro 4 – Observaciones: La confección de la solicitud deberá ser hecha forma mecanografiada y en ningún caso se admitirán enmiendas si estas no se reconocen salvadas de puño y letra por los solicitantes antes de su firma en el presente rubro.

Rubro 5 – Solicitante: Apellido y Nombres, Tipo y Número de Documento de Identidad y Firma y Sello si correspondiese del Solicitante. Ajustarse a Disposición 1/2004.

I4. Solicitud de Informe (Titulares de Dominio)

Rubro 1 – Objeto del Pedido: Se consignara el Objeto para el cual es requerida la solicitud.

Rubro 2 – Se solicita si constan inmuebles inscriptos a nombre de: Solo se podrá solicitar (1) una persona por Formulario.

I. PERSONAS DE EXISTENCIA FÍSICA

Deberán completarse los siguientes casilleros, siendo obligatorios los del punto "a" y "b", siendo los restantes de uso optativo:

  1. Apellido/s y Nombre/s completos;
  2. Tipo y Número de Documento de Identidad: Para los argentinos en el Tipo de Documento deberá consignarse si es Libreta de Enrolamiento (LE) , Libreta Cívica (LC) o Documento Nacional de Identidad (DNI), para los extranjeros residentes en el país el Documento Nacional de Identidad (DNI) o el Pasaporte (PAS) y para los extranjeros no residentes en el país el número de documento de identidad que corresponda según la legislación del país de origen;
  3. C.U.I.T./C.U.I.L./C.D.I.: se consignara la Identificación Fiscal;
  4. Nacionalidad, Fecha de Nacimiento;
  5. Estado Civil, Nupcias y nombre del/la Cónyuge, si correspondiera;
  6. Apellido/s y Nombre/s de la Madre y del Padre;
  7. Domicilio

II. PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL

Deberán completarse los siguientes casilleros, siendo obligatorios los del punto "a", "b" y "c", siendo los restantes de uso optativo:

  1. Nombre completo independientemente de la sigla utilizada. Se entiende por nombre completo el que conste en los registros respectivos;
  2. C.U.I.T./C.U.I.L./C.D.I.: se consignara la Identificación Fiscal;
  3. Inscripción en el Registro Público de Comercio o en su defecto la que corresponda;
  4. Domicilio
  5. En caso de sociedades irregulares, de hecho o en formación, se indicara dicha circunstancia.

Rubro 3 – Observaciones: La confección de la solicitud deberá ser hecha forma mecanografiada y en ningún caso se admitirán enmiendas si estas no se reconocen salvadas de puño y letra por los solicitantes antes de su firma en el presente rubro..

Rubro 4 – Solicitante: Apellido y Nombres, Tipo y Número de Documento de Identidad y Firma y Sello si correspondiese del Solicitante. Ajustarse a Disposición 1/2004.

Artículo 2º.- Las solicitudes de informes, que no contengan los datos exigidos por el formulario creado al efecto serán rechazadas, asimismo la confección de la misma deberá ser hecha en forma mecanografiada y en ningún caso se aceptarán las enmiendas efectuadas en los distintos rubros del formulario, si no se reconocen salvadas de puño y letra por los solicitantes antes de su firma en el rubro destinado a observaciones, guardando un orden tal que no se impida suponer su posterior corrección.

Artículo 3º.- Déjese sin efecto la Disposición N° 1/70, en tanto que la presente entrará en vigencia a partir del 1º de Septiembre de 2007.

Artículo 4º.- Notifíquese a todas las Secciones de esta Dirección General.Elévese a conocimiento de la Subsecretaria de Justicia y Registros Públicos. Póngase en conocimiento del Señor Presidente del Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia y del Señor Presidente del Colegio de Escribanos de la Provincia por nota de estilo. Remítase por nota de estilo al Boletín Oficial solicitando su publicación. Cumplido regístrese. Archívese

ANEXO

I1 
FORMULARIO I1 – SOLICITUD DE INFORME DE CONDICIONES DE DOMINIO
 I3
 
FORMULARIO I3 – SOLICITUD DE INFORME DE TITULARES DE DOMINIO SOBRE UN INMUEBLE DETERMINADO
 I4
 
FORMULARIO I4 – SOLICITUD DE INFORME DE TITULAR DE DOMINIOS
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